Pensión de alimentos impaga

Guía de familia · 6 min de lectura

Medidas de apremio por no pago de alimentos y cómo se solicitan

Qué medidas coercitivas contempla la ley chilena para exigir el pago de alimentos y qué condiciones deben cumplirse para que el juez las decrete.

Equipo editorial ConLegal25 de septiembre de 2026Borrador informativo para revisión

Respuesta breve

Lo esencial

Los apremios son medidas coercitivas legales que el tribunal de familia puede imponer al alimentante que no cumple su obligación fijada, incluyendo arresto nocturno o total, arraigo nacional y retención de la licencia de conducir.

Los principales apremios contemplados en la Ley 14.908

Cuando la liquidación está a firme y no se efectúa el pago, la parte alimentaria puede solicitar al juez la aplicación de apremios personales y patrimoniales:

  • Arraigo nacional: Prohibición de salir del país sin dejar fianza suficiente de pago.
  • Arresto nocturno: Reclusión entre las 22:00 y las 06:00 horas del día siguiente, hasta por 15 días.
  • Arresto completo: Si se infringe el arresto nocturno o se reitera el incumplimiento, arresto continuo hasta por 15 días.
  • Suspensión de licencia de conducir: Retención de la licencia de conducir por hasta seis meses (con la salvedad de la excepción laboral calificada).
  • Retención por el empleador: Orden judicial al empleador para que descuente directamente la pensión de la remuneración mensual.

Requisitos para que el tribunal decrete un arresto

El arresto no opera de forma automática ni es una pena criminal; es un mecanismo de compulsión para lograr el pago. Requiere liquidación notificada y ejecutoriada, apercibimiento previo y solicitud fundada de la parte interesada.

Si el deudor acredita enfermedad o imposibilidad física grave, el juez puede suspender temporalmente el arresto o reemplazarlo por otras medidas.

Preguntas frecuentes

Dudas relacionadas

¿Si ordenan arresto nocturno, la persona deja de deber la pensión?

No. Cumplir días de arresto no extingue ni rebaja en ningún caso la deuda acumulada de alimentos. La deuda sigue íntegra y generando reajustes.

¿Qué es la retención judicial directa del empleador?

Es una orden en que el tribunal manda al empleador a descontar la pensión del sueldo del deudor y transferirla a la cuenta judicial de alimentos. Conforme al artículo 13 de la Ley 14.908, el empleador que no la cumple se hace responsable solidario de las pensiones que debió retener y pagar, además de las sanciones legales por desacato.

Fuentes y revisión

Información oficial consultada

Autor: Equipo editorial ConLegal. Revisión jurídica profesional pendiente. Última actualización editorial: 25 de septiembre de 2026.